CERTIFICADO DIGITAL SEVILLA 2023
La firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos asociados a un documento electrónico y cuyas funciones son:
Es un documento electrónico expedido por una Autoridad de Certificación e identifica a una persona, física o jurídica, con dos de claves privada y pública.
La base legal de la Firma electrónica está recogida en la Ley 59/2003 de Firma Electrónica y se desarrolla en más profundidad en la sección Base legal de las Firmas. La sección también explora, bajo qué circunstancias la ley equipara la firma electrónica a la firma manuscrita, añade notas respecto a la normativa europea y hace distintas referencias legales a firmas con sellos de tiempo y avanzadas.
CERTIFICADO DIGITAL SEVILLA 2023
Los protocolos criptográficos son aquellos que, para llevar a cabo una interacción usan funciones criptográficas, es decir, encriptando, para poder asegurar los requisitos de seguridad en las comunicaciones entre los usuarios que intervienen en el intercambio: la confidencialidad, la integridad, la autenticidad.
Vamos a encontrar ejemplos de uso de los protocolos criptográficos en ámbitos tan diversos como: en comercio electrónico, donde tienen que utilizarse firmas compartidas; en correo electrónico seguro, donde se necesitará algo más que un acuse de recibo; en la implementación de sistemas electrónicos de pagos con la utilización de firmas ciegas o en sistemas de votación electrónica.
En muchos casos se necesitará, también, el arbitraje de una tercera parte de confianza para garantizar todos los requisitos de seguridad en estas transacciones electrónicas.
La diversidad de ámbitos hace que exista también una amplia variedad de protocolos criptográficos para dar respuesta a los diferentes objetivos, pero todos ellos se usan, generalmente, para eliminar desconfianzas.
Los Certificados electrónicos tienen un periodo de validez pasado el cual no sirven para firmar ni tampoco para identificarse.
Cada Proveedor de Certificación establece unos plazos antes de que el certificado caduque para poder renovarlo sin necesidad de otra identificación. En el caso de los certificados de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre, tienen una validez de 48 meses, si es una persona física, y de dos años si es de representante de empresa, se puede renovar durante los 2 meses anteriores a su caducidad.
Los Certificados incluidos en la tarjeta de DNIe tienen una validez de 30 meses, aunque la tarjeta del DNIe puede tener una validez de hasta 10 años dependiendo de la
edad de la persona.
Si el Certificado caduca hay que volver a realizar todo el proceso de solicitud del certificado.
Sin embargo, un certificado se puede renovar antes de que caduque y el proceso no requiere una solicitud nueva.
El requisito para la renovación es que se realice la solicitud desde el mismo dispositivo que se solicitó.
Se puede invalidar tu Certificado antes de que caduque por razones de seguridad.
Estas son las principales causas de revocación:
La base legal de la Firma electrónica está recogida en la Ley 59/2003 de Firma Electrónica y se desarrolla en más profundidad en la sección Base legal de las Firmas. La sección también explora, bajo qué circunstancias la ley equipara la firma electrónica a la firma manuscrita, añade notas respecto a la normativa europea y hace distintas referencias legales a firmas con sellos de tiempo y avanzadas.
Para revocar los Certificados, deberá ser la propia Autoridad de Certificación la que proporcione el procedimiento, que normalmente está publicado en su página web. Por ejemplo, la revocación de un certificado emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) puede realizarse de cuatro formas:
En el caso del DNIe, debes presentarte en cualquier Oficina de Expedición del DNIe para revocar el Certificado. La revocación es inmediata a la
tramitación de cada solicitud verificada como válida.
En conclusión, para resolver sus dudas contacta con nosotros sin compromiso para más información. Entendemos las dificultades de estos procesos, por ello le asesoramos durante todo el proceso para una ejecución de éxito.
Fdo.- Miguel Mayal Oses