La mayoría de propietarios que acaban de terminar con el pago de su vivienda quieren olvidarse de nuevos trámites y pagos pero, ¿está obligado a levantar su hipoteca? La respuesta es no. No hay ninguna ley que obligue a llevar a cabo la cancelación registral de la hipoteca pero existen algunos motivos que convierten el proceso en algo muy recomendable:
Para levantar la hipoteca en Sevilla deberás acudir, en primer lugar, a la entidad financiera que te prestó el dinero, después deberás solicitar los servicios de un notario, pasar por Hacienda para realizar algunos pagos y finalmente llevar todos los documentos al Registro de la Propiedad en el que se inscribió la vivienda. Aquí le detallamos cada paso:
La entidad bancaria que concedió la hipoteca es la encargada de emitir el certificado Deuda Cero que demuestra que la vivienda está totalmente pagada. Este documento puede ir asociado a unas comisiones que, por Ley, deberán haber sido redactadas en las escrituras iniciales de la hipoteca.
Un notario debe firmar la cancelación del préstamo para que esta tenga validez. Los gastos de este trámite varían en función del importe hipotecado y no suelen ser inferiores a los 250 euros.
Tras el banco y la notaría, se debe acudir a una delegación de Hacienda para presentar el formulario del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
La hipoteca está cancelada pero todavía hay que acudir al Registro de la Propiedad a entregar los documentos que previamente has ido recabando y a solicitar una nota simple que confirme que la vivienda está libre de cargas.
Si quiere delegar dicho gestión en nuestra Asesoría especialista en hipotecas, póngase en contacto con nosotros, somos expertos en realizar tales trámites. Tenemos todos los medios para ayudarle a realizar su cancelación de hipoteca de manera satisfactoria lo antes posible.
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